El Gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda, no ha reconocido como válido el paro nacional indefinido que jueces, magistrados y trabajadores del Poder Judicial comenzaron desde el primer minuto de ayer.
Por esta razón, la Secretaría de Hacienda ha enviado un comunicado a la Secretaría de Gobernación y al Poder Judicial solicitando al Consejo de la Judicatura que deje de pagar los salarios a quienes están participando en el paro e incluso que destituya a aquellos que continúen en huelga.
El documento argumenta que el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) cometió irregularidades al emitir la circular 16/2024, que notificó al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos sobre el inicio del paro bajo el amparo de la fracción X del apartado B del artículo 123 constitucional, relativo a las huelgas de servidores públicos. Según el documento, la competencia debería corresponder al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje y no al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos. Además, la circular no menciona el quórum ni la votación de los consejeros para emitir la declaratoria del paro.
También se señala que el CJF no ha cumplido con su responsabilidad de evitar que la suspensión indefinida de las actividades cause un grave perjuicio a la sociedad.
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En cuanto a la retención de salarios, el documento resalta que, según la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el CJF debe pagar las remuneraciones de los servidores públicos siempre que cumplan con un desempeño eficiente. El paro no ha seguido el procedimiento legal adecuado, por lo que se considera “inasistencia injustificada”, y no se generará el derecho al pago del salario correspondiente.
El documento advierte que el mantenimiento del paro y la privación de acceso a las sedes judiciales constituyen faltas graves que pueden llevar a sanciones como descuentos salariales, terminación de nombramientos, despidos y otros procedimientos disciplinarios.
Además, se aclara que aunque los trabajadores tienen derecho a declararse en huelga, esto debe seguir un proceso específico según la Ley Federal del Trabajo, que incluye la realización de una asamblea, la elaboración de un pliego petitorio y la solicitud de huelga ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. Sin seguir este procedimiento, el paro se considera simplemente una suspensión de labores, cuyo plazo para volver al trabajo es de 24 horas, con la advertencia de cesar a quienes no cumplan.
La Procuraduría Fiscal de la Federación advierte al Consejo de la Judicatura que está obligado a no pagar por los días no laborados sin una causa legal justificada y que, de no hacerlo, causará daño al erario federal. El documento también establece que las recientes acciones de los servidores públicos violan diversas disposiciones legales.