La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó que los servicios de transporte de pasajeros que operan mediante aplicaciones hacia o desde los aeropuertos del país no cuentan con autorización oficial emitida por la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF).
La dependencia explicó que, aunque Uber obtuvo una suspensión judicial otorgada por el Juzgado Décimo Tercero en Materia Administrativa de la Ciudad de México, esta medida no le concede permiso para operar en zonas aeroportuarias federales. La resolución únicamente ordena que los operativos de la Guardia Nacional se realicen conforme a la ley, sin incurrir en actos arbitrarios o discriminatorios.
La SICT reiteró que solo los taxis con concesión oficial, los servicios turísticos regulados y los autobuses autorizados pueden ofrecer transporte dentro o desde los aeropuertos del país.
Además, recordó que las plataformas de movilidad deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, entre ellos la obtención de autorización, concesión, seguro de pasajero y demás regulaciones aplicables.